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miércoles, 17 de febrero de 2016

DEFINICIÓN DE LA AUDITORIA

AUDITORIA

ANTECEDENTES.

“La palabra auditoría viene del inglés audit, que significa verificar, inspeccionar. El término inglés audit encuentra su origen a su vez, al igual que la palabra española audiencia, en las voces latinas audire, auditio (acto de oír o audición de una lectura pública o de una declamación) o auditus (oído, facultad de oir)”.
Generalmente se concibe la auditoría como un acto de control, tan remoto casi como la historia de la humanidad. Internamente constituye en sí una actividad de control como tal, nace simultáneamente con el movimiento económico y financiero, producto de la desconfianza para unos y de la necesidad de seguridad en el buen uso e información de los recursos para otros, cuando dejaron de ser manejados o administrados directamente por el propietario.
La auditoría es concomitante con el control y por ende con el ente.
Hoy su concepción moderna, más amplia, la identifica con el ente económico, concibiéndola como la comprobación de la veracidad de la información contable facilitada por sociedades generalmente privadas y de naturaleza mercantil.
Pero la auditoría va más allá de la concepción financiera, no es una actividad aislada; es parte del esfuerzo en la búsqueda de mejoras presentes y futuras.

NATURALEZA.

Si bien la auditoría trasciende muchos siglos, sólo hasta el siglo XIX es reconocida como un apoyo para los inversionistas, confirma la credibilidad en los administradores y da confianza a los acreedores, especialmente del sector financiero.
La inspección, comprobación, intervención, detección han sido términos identificables con la auditoría, por lo cual se le asimilaba con la inspectoría y detección de fraudes y errores, previniéndolos más por temor que por convicción de los funcionarios.
Inicialmente se asimila con la contaduría y al igual que ésta su fuerza salta de los países latinos a Inglaterra, Estado Unidos, para luego recibir nuevo impulso en los primeros.
Hacia el siglo XX se introdujo su significado como “censura jurada de cuentas o revisión de contabilidades” en forma independiente, complementándose posteriormente hasta llegar a la acepción como se le conoce hoy: examen, revisión, evaluación independiente y objetiva de actos, procedimientos, documentos, estados financieros, con el fin de verificar y comprobar la razonabilidad, el cumplimiento de lo determinado por la administración, la Ley, el estado y la sociedad para emitir un informe, dictamen u opinión.
Su reconocimiento explícito o implícito como profesión en algunos países podemos resumirlo así:
1851 Italia. Primera Asociación de Auditores
1862 Gran Bretaña. Ley de sociedades
1867 Francia. Ley 24 o carta constitucional básica del derecho de sociedades
1900 Estados Unidos
1927 España. Contadores jurados de Bilbao
1935 Colombia. Ley 73. Revisoría Fiscal
1945 Argentina
1956 Colombia. Decreto 2373. Revisoría fiscal – contador público.
1960 Colombia. Ley 145. Reglamenta la profesión del contador público
1990 Colombia. Ley 43. Normas de auditoría.
1993 Colombia. Disposiciones profesionales (Pronunciamientos) del Consejo Técnico de la contaduría Pública.

OBJETIVOS

Se puede sintetizar en uno solo los objetivos de toda auditoría:  emisión de un concepto o informe juicioso, ecuánime, veraz e imparcial sobre la tarea adelantada y previamente acordada con el interesado examinada bajo normas profesionales de trabajo.
El fin de toda auditoría es por tanto emitir un dictamen o informe sobre lo examinado, dirigido a quien requirió los servicios profesionales con la garantía de la atestación y dictamen si se trata de estados financieros o hechos económicos y contables, o con las recomendaciones pertinentes si se trata de auditoría administrativa, de control, gestión y operación.  Su enfoque moderno debe estar visionado no hacia la auditoría tradicional, sino hacia la auditoría moderna con base en una auditoría de carácter gerencial, independiente y veraz.

PRINCIPIOS

El principio de la auditoría debe apoyarse en unos principios que constituyen el fundamento de su actuar, sobre los cuales se han determinado unas regla básicas generales conocidas hoy como Normas Internacionales de Auditoría (NIAS).
Estos principios han sido sintetizados por algunos tratadistas en cuatro:
  • Exposición
  • Uniformidad
  • Importancia
  • Moderación
Exposición:  los resultados gerenciales en examen deben exponerse en forma completa, solamente así, las decisiones no son engañosas.
Uniformidad: consiste en que la base de presentación de la información financiera sea igual en diferentes períodos, lo cual permite la comparabilidad.
Importancia: se refiere a la representatividad que un valor, dato o cifra tenga dentro del conjunto analizado  la presentación de estos debe referirse a aspectos importantes, recurrentes o de trascendencia para la empresa.
Moderación: conocido también como conservadurismo, es la prudencia con que debe manejarse la información, permitiendo evaluar que en las decisiones a tomar o tomadas se prefieran aquellas que favorecen a la empresa a largo plazo.

ALCANCE

Con base en los principios y  el objetivo de la auditoría, se determina el alcance, es decir, la amplitud y limitaciones que tendrá el trabajo de la auditoría.  Debe establecerse en forma previa y clara con el cliente o contratante, de tal manera que posteriormente no sea obstaculizado.  El alcance puede verse limitado por causas ajenas al cliente, como el tiempo o la no aplicación de procedimientos de auditoría.  Ejemplos de estos pueden ser la no supervisión  de una toma de inventarios, siendo su valor muy representativo y la no aplicación de procedimientos de evaluación alternos, como cotejo de compras y ventas por pérdida de documentos, etc.
La delimitación del alcance debe consignarse por escrito.  El éxito de una auditoría interna se logra cuando el alcance del trabajo no tiene límites, estando disponible desde las actas hasta todas las operaciones, unidades administrativas, operativas y de dirección.

Para el revisor fiscal no existe por ley, limitación alguna a su alcance, excepto en tiempo.  Ejemplo: cuando un suplente es llamado a actuar en época cercana a la asamblea de accionistas.

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